No puede ser que un nuevo acuerdo negociado a espaldas de la plantilla abra la puerta a un empeoramiento de las condiciones de salida de la empresa al final de una larga vida laboral, suponiendo además severas consecuencias sobre muchos casos particulares al haberse establecido unos coeficientes que no son correctores de nada ni benefician a nadie sobre la situación anterior a este acuerdo, sino que más bien al contrario, son meramente penalizadores y perjudican a quienes por antigüedad y categoría profesional van a salir en las condiciones económicas más bajas.
Aunque la aplicación de un acuerdo como este tiene un claro carácter individual, no podemos olvidar que se trata de un acuerdo que es el resultado de un proceso de negociación colectiva, y por tanto, que sea bueno o malo ha de depender de la implicación en la defensa de los derechos que tenga la plantilla durante el proceso de negociación, y en última instancia de la aceptación mayoritaria de la misma.
En opinión de CGT este acuerdo es absolutamente inaceptable, y lo suficientemente importante para el futuro de tod@s como para que esta plantilla reaccione exigiendo la retirada de las firmas y la reapertura del proceso de negociación para su mejora.
Y en este sentido, desde CGT entendemos que a la vista de la situación, y como organización de clase que defiende los derechos e intereses que nos son comunes a l@s trabajador@s de esta empresa,debemos dar los pasos para tratar colectivamente la problemática que nos han generado con este acuerdo, emplazando a las demás organizaciones que tampoco están de acuerdo con el mismo, a convocar en primer lugar a l@s compañer@s más directamente afectad@s en este momento, pero también al resto de la plantilla que se verá afectada en el futuro, al objeto de analizar la situación y ver si estamos en disposición de presionar exigiendo su mejora y de qué manera lo podemos hacer.
No nos vale tragarnos sin más este acuerdo manifestando nuestra crítica y disconformidad para acabar diciendo que la aceptación del mismo depende de cada un@, sin hacer desde nuestra responsabilidad sindical nada más, pues consideramos que no estaríamos haciendo todo lo que como organización estamos honradamente obligados a hacer. Por eso, al momento de publicar esta hoja nos ponemos en contacto con las organizaciones y compañer@s que ya han manifestado su desacuerdo para intentar concretar la convocatoria de una asamblea lo antes posible para debatir sobre la situación, y luego dar otros pasos.
ALGUNAS CONSIDERACIONES SOBRE EL ACUERDO
Una vez firmado el acuerdo de bajas voluntarias para mayores de 60 años, es cuando toca tomar la decisión de seguir o no en la empresa.
A todos l@s trabajador@s en esta situación se les llama a la destacadas haciéndoles una valoración de su indemnización por baja voluntaria en la empresa según categoría, edad, y antigüedad. Nos parece que no merece la pena repetir lo dicho ya por LAB con el que coincidimos en su análisis económico y de situación.
Este estudio consta de los siguientes conceptos:
- Sueldo cobrado en 2014 hasta la fecha de la baja más el finiquito.
- Tributación a Hacienda en el momento de causar la baja, más la tributación en la declaración de la renta en el próximo año.
- Convenio Especial con la Seguridad Social.
El resto del dinero que queda tras la tributación y el pago del Convenio Especial se divide por los meses que a cada un@ le queda para llegar a la edad de 63 años, edad mínima en estos momentos para acceder a la jubilación anticipada. Este último resultado, es diferente para cada trabajador/a, y depende de la categoría, antigüedad en la empresa, y el tener o no menos de 9 trienios (coeficiente reductor-PENALIZADOR). Porque la intención de esto no es otra que individualizar al máximo lo que debiera ser un acuerdo colectivo y lo más lineal posible, convirtiéndose en un acuerdo que PENALIZA a l@s trabajador@s con menos trienios de 9 (que además tienen las categorías más bajas en esas edades), cuando luego, y por cierto, en ningún caso se aplica un coeficiente reductor en positivo a trabajador@s con más trienios de los señalados.
Este acuerdo deja fuera a los trabajadores MOI y TAS de 60 años, independientemente de si han trabajado o no a turnos, y de si han hecho o no han hecho noches. Y en cualquier caso pone muy difícil la salida de la empresa a cualquier trabajador MOD de 60 años.
Este acuerdo parece acordado no sólo por UGT y CCOO con la empresa, sino también con Hacienda del Gobierno de Navarra, que va a ser la mayor beneficiaria del acuerdo, puesto que en muchos de los casos hay que tributar más del 30%, sobre el 60% de la cuantía de la indemnización, más el sueldo percibido durante todo el año, más la liquidación.
En CGT entendemos y creemos que la filosofía de este acuerdo debiera ser que todos los trabajadores a partir de 60 años pudieran dejar la empresa en condiciones dignas y GARANTISTAS, hasta poder acceder al contrato de relevo (en Navarra hay más de 1200 empresas que lo tienen…). Tampoco entendemos que se haya establecido la fecha de vigencia de 31 de diciembre de 2014, pues perjudica enormemente y de forma inexplicable a l@s trabajador@ afectad@s en su responsabilidad tributaria con Hacienda.
Desde CGT sugerimos a tod@s l@s que puedan estar en situación de acogerse al acuerdo, que soliciten a los firmantes las cuentas para su caso, a fecha de 31 de diciembre de 2014 y a fecha de 1 de enero de 2015, para que entiendan lo que decimos y comprueben la diferencia.
Landaben, 24/07/2014