Comunicado VW Navarra: ¡¡Y LAS MEDIDAS ORGANIZATIVAS!! ¿PARA CUANDO?

Con la tinta de las firmas del Acuerdo todavía fresca, éste ya ha sido incumplido por la empresa, mientras que los firmantes del mismo y garantes de que se cumpliera ni se han querido enterar, ni se han preocupado, ¡no sea que tengan que enfrentarse a la empresa exigiendo la botella térmica!

Desde el día siguiente a la firma ya se han rebasado los 25 grados en algunos talleres. Esto, que resultaba evidente que iba a pasar, no fue tenido en cuenta, además, de forma deliberada, por ninguno de los firmantes, Empresa, UGT y CCOO.

Pero vayamos por partes. Ya de principio, el acuerdo se ha llevado a cabo y se ha firmado, sin tener en cuenta los principios de la actividad preventiva establecidos en la Ley Prevención de Riesgos laborales.

Estos principios establecen que ante un riesgo lo primero que hay que hacer es eliminarlo. En el caso que nos ocupa, esto exigiría la climatización de las naves, para que en todo momento y en cualquier puesto de trabajo, la temperatura esté por debajo de los 25° C.

Es evidente que ni UGT ni CCOO han querido forzar a la empresa para la climatización de las naves, y es más evidente que la empresa, que como ya ha manifestado en múltiples ocasiones, ni lo tiene planificado ni tiene partida presupuestaria para ello, no tiene ninguna intención de hacerlo. Aunque somos conscientes de que la medida no resulta barata, también somos conscientes de que es algo que Volkswagen puede asumir, pero sobre todo porque es Ley y debe cumplir con la misma.

Dicho esto, con un Acuerdo firmado, con unas medidas acordadas no implementadas, que ni tan siquiera figuran en la Planificación de Actividades Preventivas y por lo tanto sin fecha prevista de implementación ni partida presupuestaria asignada para ello, y con las temperaturas superando los 25°, en C.G.T. entendemos que se sigue incumpliendo el Anexo III del Real Decreto 486/1997, la Resolución de Inspección y, ahora también el Acuerdo entre Empresa UGT y CCOO, por lo que son necesarias otro tipo de medidas mientras las acordadas no se pongan en marcha.

Por todo ello, C.G.T. ya hemos registrado las correspondientes denuncias ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, y hemos solicitado una reunión de la Comisión de Delegad@s de Prevención para que desde dicha Comisión se exija a la Empresa, la adopción de medidas compensatorias inmediatas mientras todas las acordadas no estén implementadas.

Nuestra propuesta a la Comisión está muy clara. Las únicas medidas que pueden adoptarse de forma inmediata son las pausas. Por ello exigimos que en el momento en el que el termómetro alcance los 25° se sumen 5 minutos a la siguiente pausa, independientemente de la hora que sea y del mes del año en el que nos encontremos.

Además, ya que gusta tanto lo de la pesetilla, una compensación económica de 50 euros por cada día, a aquell@s trabajador@s que han tenido que trabajar en algún momento a 25° C. o más, sin disponer de las medidas acordadas. ¡Si es que en esta empresa la dignidad se cotiza muy a la baja…!

Por ultimo, en nuestra anterior hoja ya lo anunciamos, para C.G.T. esta guerra todavía no ha terminado pues vamos a seguir adelante con muestra Demanda Judicial, habida cuenta de la cacicada que se han pegado la Empresa, UGT y CCOO, limitando el cumplimiento de la Ley a un determinado periodo tiempo y a unos horarios determinados. La ley no entiende de limitaciones de esta índole, y no nos cabe duda de que tanto la Inspección como el Juzgado se lo dejará bien clarito a la 2ª Multinacional del mundo en venta de vehículos, incumplidora de todo tipo de Acuerdos, Normativas y Leyes así como a los sindicatos “de clase” que firman Acuerdos por debajo de lo que la Ley establece precarizando las condiciones de trabajo de aquell@s a quienes dicen representar.

 MANIFIESTO-PROPUESTA DE C.G.T. AL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD-PARTE SOCIAL

Desde la Sección Sindical de C.G.T., ante éste Comité de Seguridad y Salud – Parte Social, manifestamos nuestra disconformidad y rechazo con la gestión que la Dirección de la Empresa está realizando con respecto a la situación que se vive en los talleres, debido a las altas temperaturas que se alcanzan en determinadas zonas y momentos, sin que se adopten las medidas organizativas pactadas.

Que, los pasados días, viernes 9 y lunes 12 de junio de 2023, en el taller de Motores, al menos en el turno de tarde, de 14h. a 22h., se sobrepasaron los 25º C. establecidos en el anexo III del RD 486/1997, que regula las Condiciones Ambientales en los Lugares de Trabajo.

Que, el día 12 de junio, llegando a las 19,30h., como el termómetro rozaba los 26º C., para evitar que los superara, se abrieron los exutorios del techo de la nave para refrigerar la misma.

Que los mencionados exutorios, que no son un sistema de refrigeración de la nave sino un sistema de evacuación de humo ante posibles concentraciones de éste por incendios u otros motivos, provocan corrientes de aire en los puestos de trabajo situados, tanto debajo de los mismos como en las inmediaciones de éstos, las cuales provocan disconfor en los/as trabajadores/as que desarrollan su actividad en esos puestos de trabajo.

Que, dentro de esas medidas pactadas se establece que entre los 25º C. y los 25´9º C, se introducirán pantalones ligeros, botellas térmicas y fuentes de agua adicionales. Medidas que, pese a haber sido firmadas un día antes, el 8 de junio, y por tanto bien podían tenerlas presentes, en ningún momento se han puesto en práctica.

Que, no solo se incumple lo establecido en el anexo III del RD 486/1997, sobre Condiciones Ambientales en los Lugares de Trabajo, sino que además se sigue incumpliendo el Requerimiento de Inspección, y el propio Acuerdo alcanzado entre la empresa con los sindicatos UGT y CCOO.

Así mismo, cabe decir que, a fecha de hoy, las medidas acordadas no están recogidas en la Planificación de la Actividad Preventiva y se desconoce la fecha de su implantación, el responsable de introducirlas, o la partida presupuestaria para ello.

Por lo tanto, mientras no se disponga de todo lo anterior:

PROPONEMOS

Que se exija a la Dirección que mientras no esté en disposición de cumplir con las medidas pactadas, se establezcan medidas compensatorias, dentro de las cuales, las más rápidas de adoptar, son paros de producción por encima de los 25º C.

SⒶLUD

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